NOTICIA
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NUEVOS PLAZOS para REPORTES ELECTRÓNICOS: DE NÓMINA y DOCUMENTO SOPORTE EN ADQUISICIONES A NO OBLIGADOS A FACTURAR
Por: Admin | 10 mayo, 2021
Mediante esta resolución la DIAN realiza modificaciones principalmente relacionadas con los plazos de reportes electrónicos de nómina y el reporte electrónico del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente
¿Qué se modifica?:
La fecha y calendarios de disponibilidad de las funcionalidades del sistema de factura electrónica para la implementación de los anexos técnicos:
El sistema de facturación electrónica quedará disponible para la habilitación, generación, transmisión, validación, expedición, entrega y registro, a más tardar el 1º. de agosto de 2021 para que los anexos técnicos puedan ser implementados por los sujetos según corresponda.
Reporte electrónico de Nómina – Modificación Calendarios de implementación y plazos: Se modifican calendarios 1 y 2 para el cumplimiento periódico para la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste, así:
1. Calendario de implementación para sujetos de acuerdo con el número de Empleados:- Inicio habilitación del servicio informático electrónico: 01/08/2021 (antes 31 de mayo de 2021)
- Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión: 01 de Septiembre de 2021 al 01 de diciembre de 2021. (antes 01 julio al 01 de diciembre de 2021)
- Ahora quedan 4 grupos según el intervalo en relación con el número de empleados, (antes eran 6 rangos), así:
2. Calendario de implementación Permanente: Nuevos sujetos – 2 meses a partir de la realización de los pagos o abonos en cuenta derivados de la Nómina, con posterioridad a la vigencia de la resolución.
Reporte electrónico de Documento soporte con sujetos no obligados a facturar:
Descargar archivo adjunto aquí
La fecha para que los obligados deben generar, transmitan y validen el “anexo técnico” documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta a la Dian, será a partir del 1 de agosto de 2021 (antes 01 julio de 2021)

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