NOTICIA
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Boletín renta personas naturales
Por: Admin | 18 julio, 2018
RENTA AÑO GRAVABLE 2017 PERSONAS NATURALES: partir del 9 de agosto inicia el plazo para la presentación de la declaración de renta correspondiente al año 2017 de los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas.
- Rentas cedulares:
Tenga en cuenta que, con los cambios introducidos con la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016), el cálculo del impuesto de las Personas Naturales debe hacerse utilizando el procedimiento de rentas cedulares, las cuales se clasifican así:
a. Cédula de rentas de trabajo.
b. Cédula de rentas por pensiones.
c. Cédula de rentas de capital.
d. Cédula de rentas por dividendos y participaciones.
e. Cédula de rentas no laborales.- Plazos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2017:
Las fechas para la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta a cargo de los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas inicia el 9 de agosto y vence el 19 de octubre del 2018, atendiendo a los dos últimos dígitos del NIT, así:
DOS ÚLTIMOS DÍGITOS DEL NIT
HASTA EL DÍA
99 y 00
9 de agosto de 2018 97 y 98 10 de agosto de 2018
95 y 96
13 de agosto de 2018 93 y 94 14 de agosto de 2018
91 y 92
15 de agosto de 2018 89 y 90 16 de agosto de 2018
87 y 88
17 de agosto de 2018 85 y 86 21 de agosto de 2018
83 y 84
22 de agosto de 2018 81 y 82 23 de agosto de 2018
79 y 80
24 de agosto de 2018 77 y 78 27 de agosto de 2018
75 y 76
28 de agosto de 2018 73 y 74 29 de agosto de 2018
71 y 72
30 de agosto de 2018 69 y 70 31 de agosto de 2018
67 y 68
3 de septiembre de 2018 65 y 66 4 de septiembre de 2018
63 y 64
5 de septiembre de 2018 61 y 62 6 de septiembre de 2018
59 y 60
7 de septiembre de 2018 57 y 58 10 de septiembre de 2018
55 y 56
11 de septiembre de 2018 53 y 54 12 de septiembre de 2018
51 y 52
13 de septiembre de 2018 49 y 50 14 de septiembre de 2018
47 y 48
17 de septiembre de 2018 45 y 46 18 de septiembre de 2018
43 y 44
19 de septiembre de 2018 41 y 42 20 de septiembre de 2018
39 y 40
21 de septiembre de 2018 37 y 38
24 de septiembre de 2018 35 y 36 25 de septiembre de 2018
33 y 34 26 de septiembre de 2018
31 y 32
27 de septiembre de 2018 29 y 30 28 de septiembre de 2018
27 y 28
1 de octubre de 2018 25 y 26
2 de octubre de 2018 23 y 24 3 de octubre de 2018
21 y 22 4 de octubre de 2018
19 y 20
5 de octubre de 2018 17 y 18 8 de octubre de 2018
15 y 16
9 de octubre de 2018 13 y 14 10 de octubre de 2018
11 y 12
11 de octubre de 2018 09 y 10 12 de octubre de 2018
07 y 08
16 de octubre de 2018 05 y 06 17 de octubre de 2018
- Quiénes están obligados a presentar declaración de renta y complementarios:
i) Las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el país, y sucesiones ilíquidas de causantes con residencia en el país al momento de su muerte, se encuentran obligadas a presentar la declaración de renta y complementarios, tanto sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional como sobre sus rentas de fuente extranjera (renta mundial) y su patrimonio poseído dentro y fuera del país.
ii) Las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en el país, y las sucesiones ilíquidas de causantes sin residencia en el país al momento de su muerte, solo están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios respecto a sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de su patrimonio poseído en el país.
En ambos casos, esta obligación nace, cuando se cumpla con una cualquiera de las siguientes condiciones, teniendo en cuenta la UVT del año 2017, equivalente a $31.859:
- Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2017 exceda las 4.500 UVT, lo que equivale en pesos $143.365.000
- Que los ingresos brutos superen las 1.400 UVT, lo que equivale en pesos a $44.603.000.
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito excedan de 2.800 UVT, lo que equivale en pesos a $83.308.000.
- Que el valor total de compras y consumos supere 2.800 UVT, lo que equivale en pesos a $89.205.000.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras exceda de 4.500 UVT, lo que equivale en pesos a $143.365.000.
Que sean responsables del impuesto sobre las ventas del régimen común.
- Personas naturales residentes en el exterior.
Las personas naturales residentes en el exterior, obligadas a presentar declaración de renta y complementario, deberán hacerlo en forma electrónica y dentro de los plazos antes señalados.
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